Archivo de la categoría: Fauna Urbana en Quito

Carta a las FF.AA. por casos de extrema crueldad animal

En relación a la foto que ha circulado por varios medios digitales sobre miembros de las fuerzas armadas quienes como parte de su entrenamiento militar cometen actos de extrema crueldad con perros y se jactan de ello en la redes sociales, comparto con ustedes la carta enviada al Jefe de Comando Conjunto de la FFAA en la que expreso mi preocupación con el tema, tomando en cuenta que la ordenanza metropolitana 048  combate claramente todo tipo de maltrato animal y establece sanciones.

 

Quito, 12 de abril de 2012

Gral.  Leonardo Barreiro

Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas del Ecuador

Presente

De mi consideración:

Por medio de la presente me dirijo en mi calidad de Concejal Metropolitano miembro de la Comisión de Ambiente para comunicarle mi siguiente preocupación: He recibido varias cartas de la ciudadanía del Distrito Metropolitano dirigidas hacia mi despacho por la supuesta fotografía en la que se muestra a un militar del Ejército Ecuatoriano cometiendo un acto de extrema crueldad hacia un perro.

Es obligación de esta concejalía y de esta administración metropolitana generar normativas y políticas públicas en favor de los derechos de la naturaleza. Por esta razón, el año pasado expedimos la ordenanza metropolitana “Que regula la tenencia,  protección y control de la fauna urbana en el Distrito Metropolitano de Quito”, dentro de la cual se establecen varias prohibiciones al maltrato animal las cuales cito a continuación:

“Artículo… (8).- Prohibiciones a las que están sometidos los sujetos obligados respecto a la tenencia de animales de compañía.-  Los sujetos obligados están prohibidos de:

a)   Maltratar o someter a práctica alguna a los animales que pueda producir en ellos sufrimiento o daños injustificados;

b)   Suministrar a los animales sustancias que puedan causarles sufrimiento o daños innecesarios, o aquellas que se utilicen para modificar el comportamiento del animal con la finalidad de aumentar su rendimiento, salvo que se efectúe por prescripción facultativa;

c)   Utilizar, entrenar, criar o reproducir perros para peleas, así como también, organizar o asistir a peleas de perros.

d)   Abandonar a los animales, vivos o muertos;

e)   Practicarles o permitir que se les practique mutilaciones innecesarias y estéticas, salvo el caso de tratamiento veterinario especificado para alguna patología;”

Por las razones expuestas y por el mandato de la ordenanza solicito a usted se investigue el mencionado caso y se sancione a los responsable de este hecho. No se permitirá en el Distrito Metropolitano de Quito ningún tipo de abuso o maltrato a los animales.

Atentamente,

Dr. Norman Wray Reyes

CONCEJAL METROPOLITANO

Carta en PDF

Ordenanza 048 sobre Fauna Urbana


Se aprueba Ordenanza sobre control de animales en Quito

*Hacer clic aquí para leer Ordenanza completa

La normativa reemplazará a la ordenanza 218 y entrará en vigencia una vez que sea publicada en el Registro Oficial.

 Hoy el Concejo Metropolitano aprobó en segundo debate el proyecto de Ordenanza que regula la tenencia, protección y control de la fauna urbana en el Distrito Metropolitano de Quito. La iniciativa fue impulsada por el concejal Norman Wray, en su calidad de miembro de la Comisión de Salud y es el resultado de un amplio proceso participativo con los actores sociales involucrados en el bienestar animal.

La ordenanza fue presentada y aprobada por el Concejo Metropolitano en primer debate el 16 de septiembre de 2010. Después de la cual se le incorporaron las observaciones pertinentes. Tiene como objetivo establecer mecanismos claros de combate al maltrato animal y sanciones para quienes incurran en él, tomando como fundamento los derechos de la naturaleza que están contenidos en el artículo 71 de la Constitución del Ecuador.

Se estima que existen en Quito 300.000 perros de los cuales 190.000 (40%) son callejeros. Es por esto que la ordenanza plantea controlar la población animal callejera mediante el método Atrapar-esterilizar y soltar. Este método, recomendado por la Organización Mundial de Salud OMS y la Organización Mundial de Salud Animal OIE, evita la muerte innecesaria de animales y es 60% menos costoso que los albergues y la eutanasia. Actualmente es aplicado con éxito en varios países como España, Francia y Chile.

Otro de los ejes de la ordenanza es la creación de  un organismo municipal denominado Centro de Gestión Zoosanitaria CEGEZOO, que será el encargado de ejecutar la normativa. En esta instancia la ciudadanía deberá registrar a su mascota. Además podrá acceder a otros servicios como la historia clínica en línea, vacunación, esterilización y adopción de perros.

La ordenanza igualmente defiende que no existen razas de perros peligrosas sino individuos caninos mal manejados, por lo que se realizarán pruebas de comportamiento a todos los perros de cualquier tamaño y peso, para luego identificarlos con placas de colores según su grado de agresividad.

Entre los otros aspectos que contempla la ordenanza se incluyen la prohibición de circos que maltraten animales y experimentación acorde a los principios de bienestar animal, así como la habilitación de espacios públicos para la recreación de la ciudadanía y sus mascotas, el control de animales de consumo en zonas urbanas y sanciones claras por maltrato.


Seguir

Get every new post delivered to your Inbox.